RESOLUCION
314/2006
Ministerio del
Interior
Créase el programa "Las
víctimas contra las violencias" y desígnase a la Coordinadora del
mismo
Bs.As .,
13/3/2006
VISTO los
Decretos Nº 1066 y Nº 1067 ambos de fecha 20 de agosto de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que mediante los Decretos
citados en el Visto, se transfirieron a la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR
las Fuerzas de Seguridad Nacionales, POLICIA FEDERAL ARGENTINA, GENDARMERIA
NACIONAL Y PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.
Que ante un contexto que
redunda diariamente en numerosas víctimas de la violencia en todas sus
expresiones, el MINISTERIO DEL INTERIOR impulsará medidas concretas para
prevenir, asistir y combatir la violencia en todas sus formas.
Que en ese marco, se
propicia un plan de asistencia y prevención con el objeto de proteger a las
víctimas menores de edad de la prostitución, el maltrato, las violencias,
familiar y sexual, y la explotación infantil.
Que en tal sentido, se
propicia la asistencia en emergencia y en urgencia preventiva, en su relación
con los familiares, como así también el seguimiento de la situación de la
víctima.
Que a los fines
expuestos, se pondrá en ejecución un Programa que contenga acciones tendientes a
la atención a las víctimas de violencia, cualquiera fuera su origen.
Que ha tomado la
intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.
Que la presente medida se
dicta en uso a las atribuciones emergentes de los Decretos Nº 1066 y Nº 1067 del
20 de agosto de 2004.
Por ello, EL MINISTRO DEL
INTERIOR RESUELVE:
ARTICULO 1º — Créase el
programa "Las víctimas contra las violencias".
ARTICULO 2º — El objeto
del programa consiste en la atención a las víctimas de abusos o maltratos,
causados por el ejercicio de violencia cualquiera fuere su naturaleza, en un
ámbito de contención, seguridad y garantía de sus derechos. Asimismo, el
presente objeto incluye la lucha contra el maltrato, explotación y prostitución
infantil.
ARTICULO 3º — En su
implementación, las acciones a cumplir por el Programa creado precedentemente
deberá incluir las debidas intervenciones de la Policía Federal
Argentina, coordinada tal interacción según lo exigiere cada
caso.
ARTICULO 4º — Desígnase
Coordinadora del Programa "Las víctimas contra las violencias" a la Licenciada Eva
Etelvina Giberti.
ARTICULO 5º — Regístrese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
— Aníbal D.Fernández.